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2024-10-31 16:16:16

La Corte Suprema de Brasil despenaliza el consumo personal de marihuana.

 

La Corte Suprema de Brasil ha dado un paso histórico hacia la despenalización del consumo personal de marihuana, marcando un hito en el debate sobre las políticas de drogas en América Latina. En una votación mayoritaria, el tribunal ha dictaminado que la posesión de pequeñas cantidades de cannabis para consumo personal ya no será considerada un delito, brindando un alivio legal a miles de personas que hasta ahora enfrentan sanciones por tenencia y uso. Los votos definieron que hasta 40 gramos son de uso personal y hasta seis plantas de cannabis hembra pueden ser consideradas cultivo propio.

 

Todo inició en 2009, cuando un hombre fue arrestado por portar tres gramos de marihuana- El hecho se convirtió en el detonante de un debate que cuestionaba cómo la ley trata de manera desigual a los ciudadanos en función de su clase social y color de piel. El abogado brasileño Ítalo Coelho destacó que las leyes actuales afectan de manera desproporcionada a las comunidades negras y pobres, mientras que los ciudadanos de sectores más ricos suelen ser clasificados como simples usuarios y no traficantes bajo las mismas circunstancias. Este tipo de argumentos fue fundamental para inclinar la balanza del tribunal hacia la despenalización del consumo personal de marihuana en el país hermano.

 

Los jueces de la Corte argumentaron que penalizar a los consumidores personales no solo es ineficaz en la lucha contra el narcotráfico, sino que también agrava problemas sociales al sobrecargar el sistema judicial con casos menores. El ministro del tribunal, Gilmar Mendes, destacó que la criminalización del consumo personal estigmatiza a los usuarios y contribuye a la marginalización, mientras que el ministro Edson Fachin enfatizó la necesidad de adoptar un enfoque más humanitario y de salud pública.

 

También se discutió el visible fortalecimiento e infiltración de organizaciones criminales que dominan la industria de producción y distribución de drogas como marihuana, cocaína y crack en las instituciones del Estado y, sobre todo, pero no sólo, en los territorios más pobres y con menor acceso a derechos básicos.

 

Se estableció que “quien adquiera, guarde, tenga en depósito, transporte o traiga consigo, para consumo personal” (art. 28), hasta 40 gramos de marihuana o 6 plantas hembra, sólo comete falta administrativa, ya no delito.

 

Inicialmente, esta decisión podría exonerar a unas 20.000 personas, o entre el 2 y el 3% de los miles que están encarcelados y cumplen los mismos criterios, mediante revisión penal. Ya existe un proyecto de ley que propone amnistía inmediata a todas estas personas.

 

Después de años de movilización social de consumidores, marchas de la marihuana, asociaciones de pacientes y medicinales, organizaciones de movimientos sociales antiprohibicionistas, lograron cumplir demostrar y refutar la teoría sobre la falta de criterios objetivos por parte del Estado para monitorear y sancionar a los consumidores.

 La decisión también podría influir en el resto de la región, donde el debate sobre la legalización del cannabis sigue tomando fuerza.

 

La Corte ha dado un plazo al Congreso para que ajuste las leyes vigentes a esta nueva interpretación constitucional, lo que abre la puerta a futuros debates sobre la posible regulación del mercado de cannabis en el país.

 

Fuente: Tribunal Supremo de Brasil, octubre de 2024