
2025-07-15 08:12:25
Brasil presenta un plan para regular el cannabis medicinal tras 820 fallos judiciales
Con más de 820 fallos judiciales, Brasil busca ordenar el acceso al cannabis medicinal con un plan interministerial que podría servir de modelo regional para políticas de salud basadas en evidencia y derechos.
El gobierno de Lula entregó a la Justicia un plan oficial para reglamentar el acceso a medicamentos derivados del cannabis. Entre 2022 y 2024 se cumplieron más de 820 órdenes judiciales que obligaron al Estado a suministrarlos, mientras asociaciones civiles ya producen extractos con aval judicial.
Aunque la medida responde a una orden del Poder Judicial, marca un giro institucional importante: el Estado brasileño, por primera vez, asume de forma coordinada la responsabilidad de construir un sistema legal que permita el acceso sin necesidad de litigar. El reconocimiento de las asociaciones productoras y la voluntad de incluir estos medicamentos en el sistema público de salud apuntan a transformar una excepción judicial en política pública.
Brasil no espera más fallos: quiere una ley
El 19 de mayo de 2025, el gobierno federal de Brasil presentó ante la Justicia un plan de acción interministerial para regular el acceso a medicamentos derivados del cannabis. Fue una respuesta formal a una orden del Superior Tribunal de Justicia (STJ), emitida en el marco del Incidente de Asunción de Competencia n.º 16 (REsp 2.024.250/PR), que obligó al Estado a establecer una política pública para controlar toda la cadena del cannabis medicinal.
El plan propone medidas que abarcan desde la obtención de semillas hasta la distribución en el Sistema Único de Salud (SUS), e incluye normas para fiscalización, trazabilidad genética, control de cultivos, procesamiento, prescripción y dispensación. Participan del proceso los ministerios de Salud, Justicia, Agricultura, Ciencia y Tecnología, Desarrollo Social, Industria, y la propia AGU.
Uno de los datos centrales es que, según el Ministerio de Salud, entre 2022 y 2024 se cumplieron 820 sentencias que obligaron al Estado a entregar medicamentos a base de cannabis. El gasto federal en este concepto alcanzó R$ 23.397.452,17, de acuerdo con el Departamento de Gestión de Demandas Judiciales. Además, se señala que las asociaciones de pacientes producen más de 200.000 frascos por año con respaldo judicial, ante la falta de regulación.
Contexto: el cannabis medicinal en Brasil
Brasil carece de una ley integral sobre cannabis, pero desde 2019 rige la Resolución RDC 327 de ANVISA, que autoriza la venta de productos cannábicos en farmacias bajo prescripción. Esta resolución, sin embargo, prohíbe el cultivo nacional y obliga a importar toda la materia prima. A su vez, desde 2022, la RDC 660 autoriza la importación por parte de personas físicas con receta médica, sin fines comerciales.
En paralelo, ANVISA inició en abril de 2025 la Consulta Pública n.º 1.316 para reformar la RDC 327. El objetivo es habilitar productos con mayor concentración de THC, permitir fórmulas en farmacias de manipulación y ampliar las formas farmacéuticas. También se discute una resolución específica para exceptuar del control de estupefacientes a la planta de cannabis con hasta 0,3% de THC (cáñamo industrial).
A raíz del vacío legal, la judicialización del acceso se disparó: según el propio STJ, hubo un aumento del 4.100 % en los pedidos judiciales en los últimos años. Esto generó inseguridad jurídica, autorizaciones fragmentadas y dificultades de fiscalización.
Plan de Acción para la Regulación y Acceso a Cannabis
Hacia un modelo con producción nacional y acceso garantizado
El plan oficial reconoce cinco modelos productivos existentes: asociaciones civiles, industria farmacéutica, laboratorios públicos (como LAFEPE y TECPAR), saberes tradicionales y cooperativas agrícolas. Se estima que 672.000 personas usan cannabis medicinal en Brasil, de las cuales 90.000 acceden por vía asociativa, según el Anuário da Cannabis 2024.
El nuevo marco busca integrar a estos actores en una política nacional con reglas claras. Se prevé una resolución final para septiembre de 2025. La cadena completa será regulada: cultivo, procesamiento, industrialización, envasado, etiquetado, almacenamiento, prescripción y venta. El objetivo es reducir costos, ampliar el acceso, y fortalecer el Complejo Económico-Industrial de la Salud.
Paraguay: una ley que no se aplica y una vía judicial inevitable
En Paraguay, el acceso al cannabis medicinal está garantizado por la Ley 6007/2017, que creó el Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis (PROINCUMEC). Sin embargo, a casi ocho años de su promulgación, el Poder Ejecutivo no ha cumplido con su obligación legal: el acceso sigue siendo extremadamente limitado, concentrado en pocas farmacéuticas que no producen localmente y sin registro efectivo de productos vegetales.
Según cifras oficiales, apenas 260 pacientes fueron registrados por DINAVISA hasta 2024, y solo una empresa tiene un producto autorizado por DINAVISA: un cannabinoide sintético. Si bien el Ministerio de Salud distribuye productos a base de CBD con menos de 0,5% de THC en cinco hospitales públicos, el modelo no avanza: no hay producción local, ni expansión sostenida del programa. Las personas con receta médica muchas veces deben acudir al mercado informal para conseguir su medicina.
Mientras el Estado invierte tiempo y recursos en campañas ineficaces como el Plan SUMAR o en la destrucción de cultivos campesinos, Brasil avanza hacia una regulación completa, con cultivo legal, fiscalización sanitaria y acceso garantizado por el sistema público. Si Paraguay no actúa pronto, corre el riesgo de perder definitivamente el mercado regional.
Hasta hoy, Paraguay es el principal productor de cannabis en Sudamérica, aunque en su mayoría para el comercio ilegal. En paralelo, el cáñamo industrial tuvo avances iniciales bajo los Decretos 2725/19 y 3999/20, pero el proceso se estancó por la alta burocracia y los requisitos exigidos para obtener permisos. La falta de apoyo efectivo a cooperativas agrícolas y la concentración del modelo en pocas empresas han limitado su impacto económico y social. El modelo del prensado oculto en camiones dejará de ser viable si Brasil —el mayor consumidor— reglamenta la producción nacional, impone trazabilidad genética y habilita asociaciones con aval estatal. Lo que hoy entra por la frontera como contrabando de baja calidad será desplazado por productos legales, controlados y más baratos. Ya está ocurriendo con Argentina y Chile.
La ley fue aprobada en Paraguay, pero el negocio quedó en manos de unas pocas farmacéuticas que no desarrollan investigación. Para corregir este rumbo, el país debería avanzar con urgencia en una regulación por decreto que permita el cultivo y la producción de cannabis medicinal de grado no fármaco, especialmente por parte de asociaciones, cooperativas y pequeños productores, tal como ya se reconoce en modelos internacionales. Además, se necesita establecer una vía clara y accesible para la exportación legal de productos a base de CBD y THC al Brasil, aprovechando la proximidad geográfica, el bajo costo de producción y la oportunidad estratégica de integrarse a un mercado en plena expansión. Sin estas medidas, Paraguay quedará al margen de un negocio que antes lideraba desde la ilegalidad y que hoy se está ordenando bajo normas sanitarias y comerciales. No hace falta un nuevo marco legal: hace falta voluntad política y decisión técnica para aplicar lo que ya está vigente. Y si eso no ocurre, la vía judicial será inevitable.
Una de las vías legales que se consolida en Paraguay es la del amparo constitucional, que permitiría exigir el derecho al autocultivo en base a la Ley 6007 y al Artículo 30 de la Ley 1340/88, que reconoce la tenencia de hasta 10 gramos para uso terapéutico. Fallos como el de Edgar Martínez Sacoman, en el que la Corte Suprema reconoció el uso medicinal en el grado no farmaco, y decisiones como la del caso Andrés Mendoza, donde el Ministerio Público se abstuvo de acusar, sientan un precedente importante.
Mientras Brasil intenta ordenar lo que su Justicia habilitó, Paraguay sigue esperando que el Estado cumpla la ley. La diferencia está en quién toma la iniciativa: el poder Ejecutivo o los ciudadanos organizados.
Fuentes: Ministerio de Salud de Brasil; Agencia GOV, 19/05/2025; Portal oficial de São Tiago, MG, mayo 2025; STJ – RESP 2.024.250/PR – IAC 16, 19/11/2024; ANVISA – RDC 327/2019 y Consulta Pública 1.316/2025; Plano de Ação Cannabis Medicinal
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