
2025-06-18 08:51:33
Estos son los médicos que pueden recetar cannabis medicinal en Paraguay
Ya existen 17 médicos registrados oficialmente que pueden prescribir cannabis con THC alto en Paraguay. Pero los productos farmacéuticos son caros y escasos. En cambio, los aceites artesanales —legales con receta— se consolidan como la principal vía de acceso para cientos de pacientes.
En Paraguay, el cannabis medicinal no es un tabú: es legal, está regulado y tiene marco normativo. Desde la aprobación de la Ley 6007/17, se reconoce oficialmente el uso médico del cannabis y sus derivados, y se obliga al Estado a garantizar el acceso gratuito a los tratamientos. Sin embargo, en la práctica, ese derecho sigue siendo letra muerta para la mayoría.
Hoy, al menos 17 médicos están habilitados por el PROINCUMEC (Programa Nacional para el Estudio y la Investigación Médica y Científica del Cannabis) y pueden extender recetas para derivados de la planta con THC superior al 0,5%, conforme a la Resolución DNVS N.º 61/2021. Estas recetas tienen respaldo legal y colocan al paciente dentro del amparo del Artículo 30 de la Ley 1340, que permite la tenencia de hasta 10 gramos de cannabis con prescripción médica.
Pero la realidad va mucho más allá del papel.
Los médicos que pueden recetar cannabis
Los profesionales actualmente registrados ante DINAVISA son: 1. Silvia María Abente Cabrera, 2. Miguel Ángel Aguilar Uriarte, 3. Alicia Carolina Aldama Amabile, 4. Carlos Adolfo Arbo Oze de Morvil, 5. Marco Javier Casartelli Galeano, 6. Iván Cattebeke Figueredo, 7. Cynthia Andrea Florentín Barreto, 8. María Silvia Garcete Medina, 9. Víctor Alejandro Gaona Alarcón, 10. Beatriz María González Álvarez, 11. Ricardo Hidalgo Gutiérrez, 12. José Augusto Medina Barrios, 13. Maida Bartola Morel Pirelli, 14. Luis Enrique Ojeda Álvarez, 15. Diego Sebastián Rodríguez Andersen, 16. Néstor Waldemar Sánchez y 17. José María Sánchez Talavera.
Con una receta firmada por alguno de estos médicos, el paciente accede a la protección legal que reconoce el uso médico del cannabis, aunque el acceso al producto sigue siendo extremadamente limitado o costoso.
Un solo aceite aprobado con THC alto, y cuesta hasta G. 2.500.000
Actualmente, el único producto farmacéutico con THC superior al 0,5% aprobado en Paraguay es PRODROM®, un aceite sintético. Su precio en farmacias especializadas varía entre G. 2.000.000 y G. 2.500.000 por frasco. Si bien cumple con estándares exigentes, su alto costo lo vuelve inaccesible para la mayoría de los pacientes crónicos.
Las empresas que hoy poseen permisos para cultivar o industrializar cannabis no han desarrollado ningún producto vegetal registrado como fármaco, ni han generado investigaciones clínicas independientes. A más de siete años de promulgada la Ley 6007, el balance es claro: el modelo farmacéutico no dio respuesta suficiente a las necesidades del sistema de salud.
Esto no implica descartar los fármacos, que pueden tener un rol importante, sino reconocer que no pueden ser la única vía de acceso en un país donde cientos de personas dependen de estas terapias.
Incluso la Corte reconoció el uso legal del aceite no farmacéutico
Incluso la jurisprudencia más reciente acompaña esta realidad. El fallo de la Corte Suprema en el caso Edgar Martínez Sacoman, que rechazó el recurso de casación de la Fiscalía y dejó firme su absolución por producir aceite de cannabis, estableció un precedente claro sobre el uso legítimo de aceites artesanales no registrados como fármacos.
El fallo validó el acceso a preparados artesanales con respaldo médico, dejando en evidencia que no toda medicina debe pasar por una farmacéutica para ser reconocida como tal. Ese camino, hoy, es el que sostiene el mercado real del cannabis medicinal en Paraguay.
Con precios desde G. 200.000, los aceites artesanales elaborados por terapeutas cannábicos, cooperativas o pequeños laboratorios ofrecen formulaciones efectivas, con extracciones vegetales y THC en dosis terapéuticas. Son usados para tratar epilepsia refractaria, ELA, TEA, dolor crónico y fibromialgia, entre otros.
También se encuentran en farmacias aceites de CBD con menos de 0,5% de THC, que pueden comprarse sin receta o con receta simple, según el producto. Pero esos preparados sirven solo para síntomas más leves como ansiedad o insomnio, y no cubren las necesidades de pacientes con cuadros severos.
A pesar de todo, el Estado —que debería garantizar el acceso gratuito conforme al Artículo 2 de la Ley 6007— sigue sin cumplir su obligación. El programa PROINCUMEC, dependiente de DINAVISA, solo registra 221 pacientes y reconoce oficialmente tres patologías: epilepsia refractaria (síndrome de Dravet y Lennox-Gastaut) y esclerosis múltiple. En todo 2025 se han realizado apenas 97 entregas de aceite con THC superior al 0,5%, y exclusivamente desde su sede en Asunción.
Por fuera del PROINCUMEC, el Ministerio de Salud Pública informó que más de 260 pacientes están siendo tratados con aceite de cannabis en hospitales públicos, en especial con CBD de menos de 0,5% de THC. Las enfermedades tratadas incluyen epilepsia refractaria, TEA, síndrome de Dravet, esclerosis lateral amiotrófica (ELA), fibromialgia, dolor crónico, artritis reumatoide y cuadros mixtos. Aunque algunos hospitales cuentan con cientos de frascos en stock, la distribución está concentrada solo en cinco centros del área central y no alcanza a los hospitales del interior.
El resultado es un acceso profundamente desigual. Mientras el uso del cannabis medicinal ya se instaló dentro del sistema hospitalario, la mayoría de los pacientes queda fuera de cobertura estatal o depende de una licitación puntual. Hoy, el acceso real está en manos del mercado artesanal: preparados no farmacéuticos con respaldo médico que ofrecen calidad a precios accesibles. Ese es el sistema que funciona, mientras el Estado acumula promesas, restricciones y deudas legales.
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